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Aviso directo a la policía
En resumen
Si la cámara solo graba el interior de tu casa, en general no se aplica la protección de datos (exención doméstica). Si capta el jardín, la entrada o la fachada, sí: cartel visible, borrado en un mes como máximo y nada de calle más allá de lo imprescindible ni del vecino. Las zonas comunes las decide la junta.
En este artículo
01
Cámaras de seguridad en casa: qué dice la ley en España
Poner cámaras en casa es legal, pero no todo lo que enfoca una cámara lo es. A la ley le importa lo que graba: no es lo mismo una cámara en el salón que una que capta la acera o el patio del vecino. Es una de las dudas que más nos plantean cuando alguien busca alarmas en Tarragona con cámara.
Las tres normas que regulan las cámaras de seguridad en casa
La imagen de una persona identificable es un dato personal. Estas son las reglas que ordenan su uso:
RGPD (Reglamento UE 2016/679): su artículo 2.2.c deja fuera de la norma el tratamiento de datos que hace una persona física en el ejercicio de actividades «exclusivamente personales o domésticas». Es la llamada exención doméstica.
LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018), artículo 22: regula la videovigilancia con fines de seguridad: vía pública, plazo de borrado, cartel y qué cuenta como doméstico.
Guía de la AEPD sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades (febrero de 2025): cómo aplica la Agencia Española de Protección de Datos esas normas a viviendas, comunidades, garajes y mirillas.
Para las cámaras, la referencia es el artículo 22.5 de la LOPDGDD: queda excluido el tratamiento por una persona física de imágenes que «solamente capten el interior de su propio domicilio». Si la cámara ve algo más, lo normal es que lleguen las obligaciones. El Tribunal de Justicia de la UE llegó a una conclusión similar en 2014 (asunto C-212/13, Ryneš, sobre la directiva anterior al RGPD): una cámara doméstica cuya vigilancia cubre también el espacio público no es una actividad exclusivamente personal o doméstica.
Qué puedes grabar con cámaras de seguridad en casa, de un vistazo
Un resumen para ubicar cada cámara antes de instalarla:
Qué enfoca la cámara | ¿Se puede grabar? | Qué te exige la ley |
|---|---|---|
Interior de tu vivienda | Sí | En principio, nada (exención doméstica), salvo que trabaje alguien en casa o una empresa de seguridad acceda a las imágenes |
Jardín, entrada y fachada | Sí, tu propio espacio | Cartel visible, borrado en un mes como máximo y no captar a terceros |
Vía pública | Solo la franja imprescindible | Orientar la cámara a tu acceso, no a la calle |
Propiedad del vecino | No | Reorientar la cámara o usar máscaras de privacidad |
Zonas comunes del edificio | Solo la comunidad | Acuerdo de la junta, cartel y acceso restringido a las imágenes |
Si estás pensando en cámaras de seguridad en Tarragona, este cuadro es nuestro punto de partida en cada estudio.

02
Interior, jardín y accesos: dónde poner cámaras de seguridad en casa
Dónde pones la cámara decide tus obligaciones: dentro de casa, casi ninguna; mirando hacia fuera, las de cualquier videovigilancia.
Cámaras dentro de casa: la exención doméstica
Si la cámara solo graba el interior de tu vivienda y las imágenes las veis tú y tu familia, no se aplica la normativa de protección de datos (artículo 22.5 de la LOPDGDD y apartado 3.7.2 de la guía de la AEPD). En ese caso no hace falta cartel ni hay un plazo legal de borrado. Eso no significa que valga todo: según la AEPD, la exención deja de aplicarse si pones las imágenes al alcance de un número indeterminado de personas, y conviene que ninguna cámara apunte por una ventana hacia el interior de otra vivienda.
Cámaras en el jardín, la entrada y la fachada
Fuera de casa cambia la cosa. La guía de la AEPD indica que, en una vivienda unifamiliar, si las cámaras exteriores pueden captar a personas en entradas, fachadas o medianerías, se aplica el RGPD. En la práctica, eso supone:
Orientar la cámara a lo tuyo: tu jardín, tu puerta o tu garaje, no lo que hay al otro lado de la valla.
Poner un cartel de zona videovigilada visible en el acceso.
Borrar las grabaciones en un mes como máximo, salvo las que hagan falta para acreditar un robo o un daño.
Proteger el acceso a las imágenes con un usuario y una contraseña propios: la guía advierte de las cámaras IP que se instalan con las claves de fábrica.
Es el caso de muchos chalets y adosados de la Costa Daurada. Por eso, en nuestras alarmas para casa en Tarragona estudiamos el exterior antes de proponer ninguna cámara.
Cámaras de seguridad en casa si trabaja alguien en ella
Cuando en la vivienda trabaja una persona (limpieza, cuidado de niños o de mayores), para ella tu casa es su lugar de trabajo. Lo prudente es seguir el artículo 89 de la LOPDGDD, que regula las cámaras en el trabajo: el empleador debe informar antes, de forma expresa y clara, y no puede grabar en zonas de descanso como aseos, vestuarios o comedores. En un comercio o una oficina pasa lo mismo: las alarmas para negocios con cámara tienen que encajar además con las reglas laborales.

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03
¿Puedo poner una cámara que grabe la calle o la casa del vecino?
Es la pregunta que más nos hacen en las visitas. La respuesta corta: la calle, solo lo imprescindible; lo del vecino, no.
Grabar la calle: solo la franja imprescindible
La AEPD recuerda que la seguridad en la vía pública corresponde, como regla general, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Por eso el artículo 22.2 de la LOPDGDD solo permite captarla «en la medida en que resulte imprescindible» para proteger tu casa. Con la cámara en tu fachada, puede entrar en el plano un trozo mínimo de acera junto a tu puerta si no hay forma de evitarlo. Lo que no cabe es una cámara que vigile la calle o a quien pasa por delante. Si la tuya tiene giro o zoom, lo prudente es fijar la posición o configurar máscaras de privacidad.
La propiedad del vecino queda fuera del plano
La guía de la AEPD lo indica de forma expresa: no se pueden captar terrenos ni viviendas colindantes, ni ningún otro espacio ajeno. Además de reclamar ante la AEPD, el vecino que se sienta grabado puede plantear la vía civil por intromisión ilegítima en su intimidad (Ley Orgánica 1/1982, artículo 7.1). Si dudas sobre un ángulo concreto, consúltalo con la AEPD o con un profesional antes de grabar.
Cámaras en comunidades de propietarios de Tarragona
Si vives en un piso, el portal, la escalera, el garaje o la piscina son zonas comunes. Esto es lo que indica la guía de la AEPD:
Hace falta un acuerdo de la junta de propietarios. En Cataluña, las mayorías las fija el libro quinto del Código civil catalán; tu administrador de fincas te dirá cuál se aplica. Conviene que el acta recoja cuántas cámaras habrá y qué captan.
La responsable es la comunidad: pone los carteles, limita el acceso a las imágenes a las personas designadas y nunca las emite por el canal de televisión comunitario.
Tu plaza de garaje: puedes vigilarla con autorización de la junta que conste en acta, captando solo tu plaza y una franja mínima de la zona común.
Mirillas digitales y videoporteros: si solo sirven para ver quién llama, como uno tradicional, no se aplica la normativa; si graban o hacen algo más, sí.

Dato destacado
Fuente: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), artículo 22.3 (BOE)
04
Cartel de zona videovigilada y audio: dos obligaciones de tus cámaras
Dos detalles separan una instalación correcta de una reclamación: el cartel y el micrófono que traen muchas cámaras.
¿Es obligatorio el cartel de zona videovigilada?
El cartel es la forma de cumplir el deber de informar que impone el RGPD (artículo 22.4 de la LOPDGDD). Hace falta en cuanto la cámara puede captar a personas fuera del ámbito doméstico: el jardín o la entrada de tu casa, la fachada, un comercio o las zonas comunes de una comunidad. Si la cámara solo graba el interior de tu vivienda, en principio no hace falta.
Qué tiene que poner el cartel de zona videovigilada
La AEPD ofrece un modelo de cartel en su web. Según su guía, debe estar en un lugar visible, como mínimo en cada acceso a la zona vigilada, e indicar:
Que existe un sistema de videovigilancia.
Quién es el responsable (en una vivienda, tú) y su dirección.
Que se pueden ejercer los derechos de los artículos 15 a 22 del RGPD, y ante quién.
Dónde obtener más información sobre el tratamiento de los datos.
Un cartel genérico que no identifica al responsable no cumple el artículo 22.4 de la LOPDGDD, por disuasorio que resulte.
Grabar audio con cámaras de seguridad en casa
Con el sonido conviene ir con más cuidado. El artículo 22 de la LOPDGDD habla de imágenes, no de sonido. En sus resoluciones, la AEPD ha señalado que grabar audio dentro de una vivienda no está prohibido, pero que captar el sonido ambiente o las conversaciones de quien pasa por la calle puede ser desproporcionado. Fuera de casa, lo prudente es desactivar el micrófono. En un lugar de trabajo, el artículo 89.3 de la LOPDGDD solo admite grabar sonido cuando los riesgos para la seguridad lo hacen relevante.
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05
Cuánto tiempo guardar las grabaciones de tus cámaras y cuándo dárselas a la policía
La ley pone límites a cuánto puedes guardar y a qué puedes hacer con lo grabado.
Un mes como máximo, salvo que graben un delito
El artículo 22.3 de la LOPDGDD fija que las imágenes se suprimen en el plazo máximo de un mes desde que se captan. Lo más sencillo es que el grabador o la app sobrescriban lo más antiguo. En las cámaras de ADT, la nube de la app guarda las grabaciones 30 días, dentro de ese margen.
¿Puedo entregar la grabación de mi cámara de seguridad a la policía?
Sí, y es justo la excepción que prevé la ley. Si la grabación recoge un robo, un daño o una agresión, puedes conservarla para acreditarlo, y debes ponerla a disposición de la autoridad en un plazo máximo de 72 horas desde que sabes que existe. En la provincia de Tarragona, lo habitual es aportarla a la policía al presentar la denuncia. La guía de la AEPD también contempla entregarla cuando la piden un juez o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para investigar una infracción penal. Guarda una copia del fragmento sin editar.
Por qué no publicar en redes lo que graba tu cámara de seguridad
Colgar el vídeo del intruso en redes o en el grupo del barrio es tentador, pero la AEPD recuerda que la exención doméstica no cubre lo que se difunde a un número indeterminado de personas. Difundirla puede exponerte a una reclamación; lo útil es entregarla con la denuncia.
06
Cámaras de una alarma conectada a central en Tarragona: qué cambia
Cuando las cámaras forman parte de una alarma conectada a una Central Receptora de Alarmas (CRA), entra en juego otra norma: la Ley 5/2014, de Seguridad Privada.
Cuando una empresa de seguridad accede a las imágenes
El artículo 22.5 de la LOPDGDD lo dice expresamente: la exclusión doméstica no abarca el tratamiento que hace una empresa de seguridad privada contratada para vigilar un domicilio y que tiene acceso a las imágenes. La guía de la AEPD añade que, si las cámaras exteriores de una vivienda se conectan a una central, ese servicio solo pueden prestarlo empresas de seguridad privada autorizadas, que asumen la condición de responsables.
Imagen y audio de la alarma, solo cuando salta
La Orden INT/316/2011 fija dos límites. Los sistemas de verificación por vídeo no permiten obtener imágenes del lugar si antes no se ha producido una alarma, salvo autorización expresa del usuario (artículo 8.3). Y el sistema solo transmite audio cuando se activa o durante su mantenimiento, siempre con el conocimiento y la autorización del usuario (artículo 9.2). Cuando salta tu alarma, la central verifica con imagen y audio y, si confirma la intrusión, avisa directamente a los Mossos d'Esquadra. Te lo contamos en nuestra alarma con aviso a la policía.
Cómo colocamos tus cámaras de seguridad en Tarragona sin invadir lo ajeno
Trabajamos con cámaras Full HD de interior y de exterior y con ADT Ai Detect, una cámara exterior con inteligencia artificial que distingue personas de mascotas u objetos en movimiento y solo avisa cuando detecta a una persona. En el estudio de seguridad gratuito decidimos contigo dónde va cada una: apuntando a tu puerta, tu jardín o tu terraza, no a la calle, al terreno del vecino ni a las zonas comunes, y te orientamos sobre el cartel. Si te queda una duda legal concreta, consúltala con la AEPD o con un abogado.
Información general; no constituye asesoramiento jurídico. Sobre videovigilancia y protección de datos, para tu caso concreto consulta la guía de la AEPD o a un profesional.
¿Prefieres contárnoslo por teléfono? Te asesoramos gratis y sin compromiso.
Sobre el autor
Director
Iván Sanz es director de ADT Tarragona, el primer distribuidor oficial de ADT en Tarragona, con oficina en el Carrer d'August, 5. Con más de 15 años de experiencia en seguridad, asesora a familias y negocios de la provincia para que protejan su casa o su local con la alarma y las cámaras que de verdad necesitan.
¿Es legal poner cámaras de seguridad en casa?
Sí, en general es legal. Si la cámara solo graba el interior de tu vivienda, se aplica la exención doméstica y no necesitas cartel ni plazos de borrado. Si graba el exterior (jardín, entrada o fachada) y puede captar a otras personas, entran el RGPD y el artículo 22 de la LOPDGDD: cartel visible, borrado en un mes y nada de vía pública más allá de lo imprescindible.
¿Puedo poner una cámara en la puerta de casa que enfoque al rellano?
Por tu cuenta, no deberías grabar el rellano, porque es una zona común de la comunidad. La guía de la AEPD distingue: una mirilla digital o un videoportero que solo sirve para ver quién llama queda fuera de la normativa de protección de datos; si graba o hace algo más, se aplica, y en zonas comunes hace falta el acuerdo de la junta de propietarios.
¿Qué puedo hacer si la cámara de mi vecino enfoca a mi casa?
Lo primero es hablar con tu vecino: a menudo basta con reorientar la cámara. Si no lo hace, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que es la autoridad competente, con fotos de la cámara y de hacia dónde apunta. Si crees que vulnera tu intimidad, consulta también con un abogado la vía civil.
¿Es obligatorio el cartel de zona videovigilada si la cámara está dentro de casa?
En principio no, si la cámara graba solo el interior y únicamente la usáis tú y tu familia, porque se aplica la exención doméstica. Cambia si en casa trabaja alguien, como una persona empleada del hogar: lo prudente es informarle antes, como pide el artículo 89 de la LOPDGDD. Y en cuanto la cámara capta el jardín, la entrada o la fachada, hace falta el cartel.
¿Puedo publicar en redes el vídeo del ladrón que entró en mi casa?
No es recomendable. Según la AEPD, la exención doméstica no cubre las imágenes que se difunden a un número indeterminado de personas, como en redes sociales o grupos amplios de mensajería, y podrías exponerte a una reclamación. Lo adecuado es entregar la grabación a la policía al presentar la denuncia; la ley fija un máximo de 72 horas desde que sabes que existe.
¿Se pueden poner cámaras falsas en casa?
Sí. Según la guía de la AEPD, una cámara simulada no trata datos personales, así que no se le aplica el RGPD. Ojo con las cámaras reales desconectadas o que se pueden activar sin esfuerzo: para la AEPD cuentan como reales. Y recuerda que una cámara falsa puede disuadir, pero no detecta ni verifica una intrusión ni avisa a nadie.
Déjanos tu nombre y tu teléfono y un técnico te llama para estudiar tu caso y prepararte el presupuesto, gratis y sin compromiso. Si lo prefieres, escríbenos por WhatsApp o llámanos al 674 07 41 68.
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